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Al hilo de la entrada anterior donde hablábamos de algunos de los servicios que ofrecemos dentro del estudio, en lo referente a licencias de actividad y gestiones similares dentro de nuestra rama de consultoría, vengo a exponer hoy un servicio más del que disponemos con objeto de ayudar a nuestros clientes a conseguir ayudas orientadas a la mejora en el funcionamiento de sus edificaciones, en este  caso, hacemos referencia a la  tramitación de subvenciones para ciertas intervenciones en instalaciones y obras de edificación, destinadas a la mejora de la eficiencia energética.

Este pasado mes de junio, ha sido publicado el Real Decreto por el que se regula la concesión directa de subvenciones a proyectos singulares de entidades locales que favorezcan el paso a una economía baja en carbono en el marco del Programa Operativo FEDER de Crecimiento Sostenible (POCS). Parte de las mismas serán  gestionadas por el  IDAE, instituto para la Diversidad y Ahorro de Energía para el periodo 2014-2020, como organismo intermedio. Debiendo realizar la selección de proyectos y asignación de las ayudas que les corresponda.

Tenemos tantas ideas, encargos tan diferentes que, a veces, es difícil resumir qué servicios ofrecemos y qué valores añadidos

En esta primera convocatoria el presupuesto asignado para la línea de ayudas es de 336.653.612 €, lo que representa aproximadamente el 70% del total de estos fondos.

Con esta línea de ayudas, se facilitará el desarrollo de proyectos que, cumpliendo los requisitos de esta convocatoria, reduzcan las emisiones de CO2 mediante la implantación de medidas de ahorro y eficiencia energética, de movilidad urbana sostenible y de uso de fuentes de energía renovables y que contribuyan tanto al desarrollo económico local como al cumplimiento de los objetivos marcados por el (POCS).

Una vez seleccionado el proyecto y asignado la cuantía correspondiente por los fondos FEDER, las entidades podrán disponer de las mismas después de que el proyecto esté ejecutado y pagado.

Debiendo justificar el IDAE el gasto de los organismos beneficiarios y realizar las verificaciones necesarias, incluso en el terreno.

Asimismo, las subvenciones reguladas en el Real Decreto serán concedidas a aquellas entidades que reúnan las condiciones para su obtención.

Las subvenciones previstas en este Decreto serán compatibles con otras ayudas o subvenciones para la misma finalidad que pudieran ser otorgadas siempre y cuando el importe de la ayuda no supere la totalidad del coste del proyecto.

El presupuesto de esta convocatoria se distribuye por Comunidades Autónomas.

A los efectos regulados por esta convocatoria pueden ser entidades beneficiarias:

  • Ayuntamiento de municipios de menos de 20000 habitantes.
  • Diputaciones provinciales y Comunidades Autónomas uniprovinciales en algún caso.
  • Cabildos o consejos insulares.
  • Comarcas o entidades que agrupen varios edificios.
  • Mancomunidades de Municipios.

Con estas breves pinceladas de este Real Decreto que podéis consultar de manera extensa en el Boletín Oficial del Estado del 17 de junio de 2017, donde se detalla específicamente requisitos y tipos de actuaciones objeto de las ayudas, se deduce la oportunidad de desarrollo de proyectos relacionados con la eficiencia y ahorro energético para las entidades a las que le son de aplicación, puesto que la necesidad de adaptación a dichos requisitos es bastante amplia en nuestro país, existiendo bastante mercado en esta línea.

En nuestro caso, ofrecemos asesoramiento en la redacción del estudio necesario para detectar zonas de actuación relacionadas con estas ayudas, realizando el estudio energético y de ahorro económico, redacción de los proyectos correspondientes, tramitación de la ayudas y desarrollo completo de la ejecución de obra, acompañando en todo momento del proceso al cliente para la consecución de los requisitos en cada caso.

Para cualquier consulta no dudéis en escribirnos y estaremos encantados de ayudaros.

Nos vemos pronto…..

R.N.Moreno

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