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Al hilo del post anterior sobre algunos de los servicios que ofrecemos, hoy hablaremos de otro más, la redacción de certificados energéticos.

Esta  pasada semana, me he encontrado con tres encargos de personas relacionadas con el mundo de la construcción que todavía no tenían conocimiento de que estos certificados son obligatorios en cualquier contrato de compraventa o arrendamiento, a pesar de que son obligatorios desde el pasado 1 de junio de 2013, sin saber tampoco, de quien es responsabilidad el encargo y quién puede redactarlo.

 Por ello, vamos a desarrollar en qué consisten y cómo se tramitan.

  • ¿Qué son?

Se trata de un documento realizado y firmado por un técnico competente que contiene información sobre las características energéticas y la calificación de eficiencia energética de un edificio existente o una parte de éste. Este certificado especifica mediante una escala de siete letras de la A a la G, el nivel de emisiones de CO2 de la vivienda.

Ni que decir tiene que en obra nueva, se incorpora desde el inicio en el proyecto de ejecución de la obra en cuestión.

  • ¿Cómo se desarrollan?

El primer paso es la visita al inmueble para realizar la toma de datos de las características de fachadas y cubiertas (envolvente) en cuanto a su composición y dimensiones, así como de las instalaciones de acondicionamiento (frío, calor y calidad del aire) y producción de agua caliente, en algunos edificios además se tiene en cuenta la iluminación, la ubicación, la orientación y el año de construcción.

El certificado debe incorporar una propuesta de medidas de mejora, su coste y el ahorro que supondrían.

Además, para realizar la certificación los datos obtenidos de la visita in situ del edificio o vivienda se deben utilizar unas herramientas informáticas reconocidas y validadas por  el Ministerio de Industria, utilizándose CE3 y CE3X para edificios existentes como procedimientos simplificados.

Adjuntamos enlace del Ministerio de Energía y Turismo donde se puede ver el modelo de certificado energético para edificios existentes.

Además de su redacción y emisión,  es obligatorio comunicarlo al organismo competente en cada Comunidad Autónoma y registrarlo. Cada Comunidad regula el registro de los certificados energéticos dentro de su ámbito territorial, medios, modelos, plazos y coste. Se registra telemáticamente en la mayoría de los casos, al igual que el pago de las tasas de inscripción correspondientes según la Comunidad Autónoma en la que se realice.

Posteriormente, normalmente un par de días después, se puede descargar la etiqueta energética correspondiente a la calificación con el número de registro de manera telemática.

  • Quién debe redactarlo.

En este caso, los técnicos competentes para estos certificados son los arquitectos y los arquitectos técnicos.

  • Cuándo son obligatorios.

En el momento en que se vende o alquila una vivienda o local, debiendo colocar la calificación energética dentro del anuncio de compra-venta o alquiler y ser entregado por el propietario al arrendatario o comprador de la misma en el momento de la firma.

  • Quién debe solicitarlo.

Es responsabilidad del propietario de la vivienda o local a vender o a alquilar.

  • Validez del certificado.

El certificado tiene de validez 10 años, siendo opcional por parte del propietario la emisión de uno nuevo si por ejecución de reforma las condiciones de la envolvente o instalaciones de la vivienda o local se modifican afectando a la calificación energética antes de dicho periodo.

Con respecto a las sanciones, éstas serán de 300 a 600 euros en caso de infracción leve, de 601 a 1.000 euros por infracción grave y de 1.001 a 6.000 euros para las muy graves. Una falta leve, por ejemplo, sería publicitar la venta o alquiler de una vivienda sin su calificación, no exhibir la etiqueta de eficiencia o exhibir una sin el formato y contenido mínimos; o expedir certificados sin la información mínima.

Se considerarán infracciones muy graves falsear la información en la expedición o registro de los certificados, actuar como técnico certificador o agente independiente autorizado sin contar la habilitación pertinente o publicitar en la venta o alquiler de edificios una certificación que no esté respaldada por un certificado en vigor.

  • ¿Para qué sirve?

El Certificado sirve para conocer el comportamiento energético de un inmueble así como los consumos y emisiones atmosféricas, además incluye una serie de recomendaciones y propuestas de mejora para optimizar diversos aspectos de la vivienda o inmueble y conseguir un ahorro.

La finalidad de este documento es reducir los consumos energéticos del edificio así como reducir las emisiones de CO2 como consecuencia del uso energético.

  • ¿Cómo mejorar el comportamiento energético de tu vivienda?

Lo más fácil a nivel de obra es mejorar la eficiencia de los equipos así como el tipo de combustible que utilizan. Los sistemas eléctricos son los más penalizados. También hay que reducir las demandas o necesidades y esto pasa por mejorar el nivel de aislamiento y las características de las ventanas, sin olvidar la influencia que en ambos tiene la zona climática y orientación del edificio, su altura, etc, características difíciles de modificar.

Para este tipo de actuaciones no hay que olvidar, que continuamente se generan ayudas por parte de organismos oficiales, similares a las subvenciones de las que hablábamos también en entradas anteriores.

  • Precio y plazo.

En nuestro caso, son tres días desde que se visita el inmueble en cuestión, incluido el registro en la Comunidad correspondiente.

Al respecto de los precios dependerá de la dimensión de la vivienda, distancia…….si se va a hacer reforma posterior para mejorar la eficiencia, etc.

A este respecto y como servicio paralelo, ofrecemos un estudio energético en el que se detalla el comportamiento de su inmueble a nivel eficiente, detallando las medidas a adoptar en cada caso para la mejora del mismo, con el estudio económico correspondiente a la implantación y el estudio del ahorro que suponen dichas medidas y periodos de amortización de las mismas.

Para cualquier consulta no dudéis en escribirnos y estaremos encantados de ayudaros. 

Nos vemos pronto…..

R.N.Moreno

Formulario de contacto

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